martes, 5 de febrero de 2013

BOLETIN INFORMATIVO SALUD LABORAL 1


FSC ALICANTE
SALUD LABORAL



BOLETÍN INFORMATIVO nº1 año 2013



ESCUELA DE SALUD LABORAL PARA DELEGAD@S DE PREVENCIÓN

CALIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

En muchas ocasiones, cuando vemos los partes de accidente de trabajo, nos preguntamos como se hace esa calificación y en base a que criterios.

Pues bien, estos criterios son, generalmente, criterios médicos y obedecen a la subjetividad del facultativo de turno, aunque existen ciertos baremos y ciertos criterios en el mundo médico.

No obstante, lo mejor es preguntar a la empresa cuales son esos criterios, para que el servicio de prevención propio o ajeno (en muchos casos la mutua) nos informe de los susodichos criterios y podamos discutirlos en el seno de los Comités de Seguridad y Salud de las empresas.

Como muestra, a título informativo, os paso los criterios que una multinacional española ha entregado al Comité de Seguridad y Salud, y la valoración que hace nuestro sindicato.


Calificación de accidentes de trabajo. La empresa nos presenta un criterio para la calificación de un accidente como grave o muy grave desde el punto de vista médico con siguientes criterios:
• Que exista en base a las lesiones iniciales una presunción de futura incapacidad permanente en sus grados de total para el trabajo habitual o absoluta para todo tipo de trabajo. (Graves)
• Que exista riesgo vital claro y evidente por las lesiones sufridas en el accidente (Grave o Muy Grave)
• Que precise presumiblemente de más de 15 días de ingreso hospitalario, como consecuencia directa de las lesiones sufridas en el accidente. (Grave o Muy Grave).
• El criterio de duración de la incapacidad temporal se considera como un marcador con poca especificidad y sensibilidad al grado de severidad del accidente dado la gran dispersión que sucede en las mismas con iguales procesos diagnósticos.
• En la calificación como muy grave se tendrá en cuenta la presunción de incapacidad con limitaciones funcionales severas que puedan conducir presumiblemente al accidentado hacia una gran invalidez. (Muy Grave).
• De igual forma los accidentes que cursan con el fallecimiento del trabajador tienen el epígrafe correspondiente en los documentos de registro de los mismos.


 CCOO sin entrar a valorar estos criterios, debido a que son únicamente criterios médicos, y será otro ámbito el que tenga que definir objetivamente e igualitariamente un único criterio para todas las empresas. No obstante para CCOO lo importante es el análisis de los accidentes e incidentes cuando estos se produzcan y el riesgo haya sido evaluado, por tanto desde CCOO exigimos a la empresa un compromiso de comunicación e investigación de todos los accidentes-incidentes dependiendo de los riesgos, a la vez CCOO proponemos realizar un protocolo interno comunicación e investigación inminente de accidentes de trabajo.

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